¿Qué tipo de gobierno tenemos?
En la República Dominicana tenemos un gobierno civil, republicano y democrático. De acuerdo a nuestra constitución, la cual define nuestra estructura de gobierno, se basa en una democracia representativa y el poder está segmentado en:
Todos estos poderes son independientes en el ejercicio de sus funciones, con la intención de lograr un balance en el poder.

¿Qué es el Poder Ejecutivo?
Liderado por el Presidente de la República, quien dirige la política interior y exterior, la administración civil y militar, y es la autoridad suprema de las Fuerzas Armadas, la Policía Nacional y los demás cuerpos de seguridad del Estado, es el organismo responsable de:
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Promulgar leyes y resoluciones generadas por el Congreso (Poder Legislativo) y cuidar de su fiel ejecución. Expedir decretos, reglamentos e instrucciones.
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Garantizar la defensa de la nación, en caso de ataque armado por parte de poderes externos.
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Nombrar y remover los ministros y ministras, viceministros y viceministras y demás funcionarios públicos.
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Velar por la buena recaudación y fiel inversión de las rentas nacionales. Someter anualmente al Congreso Nacional el Presupuesto General.
¿Qué es el Poder Legislativo?
El poder legislativo es bicameral, es decir, lo componen dos cámaras: la cámara de diputados y diputadas y el senado. Está a cargo de desarrollar y aprobar las leyes que los dominicanos y dominicanas y necesitamos. Su función es:
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Legislar, proponer y elaborar las leyes a favor de todos los sectores que componen la Nación.
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Nombrar a las y los jueces de la Junta Central Electoral y a los miembros de la Cámara de Cuentas.
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Ratificar los acuerdos internacionales y contratos nacionales que el Poder Ejecutivo contrae.
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Promover aquellas políticas que supongan una mejor calidad de vida y bienestar para toda la comunidad.


¿Qué es el Poder Judicial?
Su función consiste en administrar justicia, de manera gratuita, para decidir sobre los conflictos entre personas físicas o morales, en derecho privado o público, en todo tipo de procesos, juzgando y haciendo ejecutar lo juzgado. Su ejercicio corresponde a los tribunales y juzgados determinados por la ley.
Garantizar derechos resolviendo conflictos de manera oportuna y eficiente, a través de una administración de justicia que favorece la convivencia pacífica, en el marco de un Estado Social y Democrático de Derecho.
¿Y el gobierno local?
El gobierno local es la base del sistema político administrativo local en un pueblo o ciudad. En nuestro país se compone del Distrito Nacional, Municipios y Distritos Municipales.
El gobierno local está a cargo del Ayuntamiento, constituido por el Concejo de Regidores y la Alcaldía.
Los Ayuntamientos son personas jurídicas de Derecho Público, responsables de sus actuaciones, gozan de patrimonio propio, de autonomía presupuestaria, con potestad normativa, administrativa y de uso de suelo, fijadas de manera expresa por la ley y sujetas al poder de fiscalización del Estado y al control social de la ciudadanía, en los términos establecidos por esta Constitución y las leyes. Hay un Ayuntamiento para el Distrito Nacional, y un ayuntamiento por cada municipio.
En los Distritos Municipales, el gobierno lo ejerce la Junta de Distrito, integrada por un director que actuará como órgano ejecutivo y una Junta de Vocales con funciones normativas, reglamentarias y de fiscalización.
¿Qué hace un Alcalde?
El Alcalde es quien encabeza la Alcaldía, siendo la máxima autoridad de la municipalidad. Las Alcaldías son reconocidas como el gobierno de la ciudad, y satisface las demandas de los y las munícipes y articula las intervenciones de los actores relevantes de cada territorio. Tiene la responsabilidad de que las ciudades sean lo más habitable posible para la gente que está en ella.
Dentro de sus funciones se encuentra la responsabilidad de ejecutar todos los acuerdos que se realicen frente al Concejo Municipal, defender y cautelar todos los derechos e intereses de la Municipalidad y sus vecinos, así como proponer al Concejo Municipal la creación, modificación, supresión o exoneración de contribuciones, tasas, arbitrios, derechos y licencias


¿Qué hace un regidor?
Integran el Concejo de Regidores. Su rol es estrictamente normativo y de fiscalización, y no ejercen labores administrativas y ejecutivas, las cuales corresponden al alcalde.
El Concejo de Regidores es como una asamblea, pero de la ciudad, y es responsable de supervisar la labor que realiza el Alcalde. A su vez emite resoluciones y documentos que tienen un carácter más importante para el desarrollo de la vida digna de la ciudad. Autoriza acciones que el Alcalde por sí solo no puede hacer; como por ejemplo, la construcción de un parque, o volver una calle peatonal, etc.